Martín de Azpilcueta

    Martin de Azpilcueta

Nació en Barasoain el 13 de diciembre de 1492 en el seno de una familia agramontesa de origen baztanés. Era hijo de D. Martín de Azpilcueta y de Dª María de Jaureguízar, oriundos de los palacios de sus apellidos situados en el valle de Baztán.

En el año 1509 inició estudios de Filosofía y Teología en la Universidad de Alcalá, fundada entonces por el cardenal Cisneros, donde permaneció por espacio de 4 años. Graduado en ambos saberes, cursó después Derecho Canónico en la universidad de Toulouse, la más famosa en aquel tiempo para el estudio de esta disciplina, obteniendo la cátedra de Cánones de dicha universidad a la edad de 26 años. Durante su estancia en Toulouse se ordenó sacerdote, regresando a Navarra en 1523, a pesar de las honras y honores que en aquella universidad le ofrecían para retenerlo.

En su viaje se detuvo en Roncesvalles, cuyo prior era D. Francisco de Navarra, donde tomó el hábito de canónigo cuando contaba 30 años de edad.

En compañía de éste pasó a la universidad de Salamanca en 1524. Hallándose en esta ciudad, y aún antes de obtener en ella cátedra alguna, fue promovido por Carlos V a una plaza en el Consejo Real de Navarra y se le concedió también una canonjía en la catedral de Pamplona, si bien rehusó ambas mercedes. En Salamanca se vio obligado a doctorarse de nuevo en Cánones, pues esta universidad no aceptaba los grados obtenidos en otras.

Fue catedrático en ella por espacio de catorce años, en el transcurso de los cuales asistió en cierta ocasión a escucharle el emperador Carlos V, ante el cual disertó acerca del origen democrático del poder.
Por orden de éste pasó después a la Universidad de Coimbra (Portugal), recién fundada por los monarcas portugueses. Una vez allí, el rey Juan III le concedió en 1538 la cátedra de Prima de Cánones y una renta anual de ochocientos cincuenta ducados, además de una chantría en la catedral de aquella ciudad. Durante su estancia en Coimbra fue consultado acerca de diversos asuntos por los tribunales de la Inquisición y se le quiso dar un obispado, lo cual rehusó.

Tras su jubilación en 1555, regresó a Navarra para acomodar a tres sobrinas suyas huérfanas.

En su viaje se detuvo en Valladolid, donde la princesa regente, Dª Juana, le encargó la visita de dos monasterios. Uno de ellos era el de San Isidoro de León, que ya había visitado veinte años atrás. En esta ocasión se le encomendó dar solución a las diferencias que los religiosos del monasterio tenían con su abad, cumpliendo dicho cometido con gran prudencia.

En Valladolid y Navarra se detuvo por espacio de doce años, durante los cuales sentenció abundantes pleitos.

Ya anciano, en 1577, fue enviado por Felipe II a Roma, donde permanecería hasta su muerte, para encargarse de la defensa del también navarro Bartolomé de Carranza, arzobispo de Toledo y cardenal primado de España, acusado de herejía ante el tribunal de la Inquisición.

Concluido el largo y complejo proceso durante el pontificado de Pío V, y gracias a la brillante defensa del Dr. Navarro, Carranza, que iba a morir poco después de conocer la sentencia, fue al fin absuelto de los cargos que se le imputaban.

Fue muy estimado por los pontífices Pío V, Gregorio XIII y Sixto V, quienes acudieron con frecuencia a D. Martín de Azpilcueta en busca de consejo acerca de materias muy diversas.

Falleció en Roma el 21 de junio de 1586 y, conforme a su voluntad, fue sepultado en la iglesia de San Antonio de los Portugueses de dicha ciudad.

Las principales obras de D. Martín de Azpilcueta, muy estimadas por teólogos y canonistas de todos los tiempos, son: Manual de Confesores y Penitentes; Tratado de las Horas Canónicas y de Oración; Tratados del Rosario; Silencio en el Oficio Divino; Capitulo Inter Verbo; Cuatro Comentarios de Regulare;, Enajenación de las Cosas Eclesiásticas; Comentario sobre los expolios de los clérigos; Comentario Resolutorio de Cambios; Tratado sobre las rentas de los beneficios eclesiásticos; Capitulo Humanae Aures; Tractatus de Finibus Humanorum Actuum; Tratado de Penitenci; Tratado de Indulgencias y Jubileo; De Rescriptis; Tratado de Juditiis; etc.